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Resumen: El presente trabajo pretende analizar en particular una sentencia emitida por e el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito al resolver el amparo directo 15/2006 bajo la ponencia del Magistrado Miguel Mendoza Montes en contraste con Sentencia dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado del Decimoquinto Circuito al resolver el juicio de amparo directo número 89/2008 bajo la ponencia del Magistrado Inosencio del Prado Morales. Ambas realizan el estudio de un sujeto procesado por el delito de transportación de estupefacientes, pero se diferencian en diversos aspectos. Dentro los sustantivos se pretenden estudiar la formación de la prueba con base en su regulación jurídica; y por otro lado los presupuestos de operatividad que le dan a la presunción de inocencia (como regla de carga probatoria, como regla de juicio, como regla de trato). Por su parte, hay una diferencia, más que sustantiva, un tanto práctica; y tiene que ver fundamentalmente con la construcción de la prueba indiciaria; nos atrevemos a decir práctica porque parte de la apreciación de circunstancias fundamentalmente distintas.
Texto: En este trabajo también participó Antonio Holguín Acosta





