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Elecciones Judiciales y la Ciencia de Salir del Paso

by | 01/04/2024 | Opinión

Una mirada crítica a las elecciones judiciales como promesa democrática y el caos institucional

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Iniciaron las campañas electorales y esta no es una columna de opinión en contra de la Reforma Judicial. Partamos de lo que “es Constitución” —es decir, del mandato vigente que debía ejecutarse con responsabilidad institucional—. Sin embargo, este sí es un espacio crítico donde se reflexiona sobre el proceso de implementación de las elecciones judiciales, en el que todas las personas resultaron afectadas: quienes decidieron participar y quienes no; quienes saldrán a votar y quienes no; la ciudadanía ilusionada con “votar a sus jueces” y quienes nunca creyeron en ello.

Desconfío de todo aquél que aplauda este proceso sin sentido crítico, porque, como todo en democracia, siempre puede ser mejor. Como una promesa de un mejor sistema de justicia por parte del Estado a su ciudadanía —una promesa que pudo “ser noble”— creo que merecíamos más. También resulta difícil confiar en quienes —candidatos o no— justifiquen esta elección como un ejercicio democrático “puro”, ignorando los múltiples problemas que se suman a los ya habituales de cualquier proceso electoral. Y desconfío aún más de quienes aprovecharon los vacíos del proceso para aceptar figurar en la boleta electoral, como ocurrió con las postulaciones inconstitucionales del “Poder Judicial”, que fueron propuestas sin análisis de idoneidad, precisamente por quienes menos deberían haberlo hecho.

Reprochar el sistema de justicia previo a la reforma y, al mismo tiempo, promover este nuevo proceso como una gran transformación, pero sin sentido crítico, es una gran paradoja. No porque antes no existieran graves problemas en la judicatura federal —que yo mismo he reconocido públicamente—, sino porque ignorar un diagnóstico claro fue lo que nos llevó a este punto sin retorno. Quien hoy se presenta sin reconocer los defectos del proceso arranca con el pie izquierdo, pues demuestra una profunda falta de sentido institucional y de mínima legalidad. Porque con la misma responsabilidad con la que se asume una candidatura, se debería hablar con verdad a la ciudadanía.

Como dijera Wilhem Von Humboldt —teórico de la administración pública, por cierto— al hablar de la enseñanza decía que debía constituir “una base general que nadie pueda desdeñar sin despreciarse a sí mismo, y a partir de la cual se pueda construir todo lo demás”. Haciendo una analogía, en ese principio virtuoso debió centrarse una ejecución constitucional ordenada y legitima de elección de personas juzgadoras. Un proceso donde las personas pudieran participar, incluso, quienes ya pertenecían a la judicatura, sin desdeñar… y sí, construir.

Por eso, más allá de un análisis desde el constitucionalismo puro, se necesita una visión de política pública como decisión de Estado en la implementación del mandato constitucional. Y en este inicio de campañas, no pude más que hacer un recuento del camino que nos llevó aquí. En esa mezcla de decisiones urgentes, narrativas heroicas y ausencia de reglas claras, recordé a Charles E. Lindblom —politólogo estadounidense y pionero en teoría de políticas públicas— y su ensayo The Science of Muddling Through, donde contrastó dos formas de tomar decisiones.

La primera, una visión metódica y estructurada en la que se identifican los fines con claridad, se analizan todas las alternativas disponibles y eligen la mejor opción con base en un diagnóstico completo. La segunda, que parte de una lógica más pragmática: en un mundo donde el tiempo, la información y los recursos son limitados, las decisiones gubernamentales se toman de manera incremental, confiando en la experiencia previa y ajustando sobre la marcha. A esta segunda posibilidad la denominó la “ciencia de salir del paso”.

Como advirtió Lindblom, las decisiones públicas complejas rara vez se toman desde una racionalidad integral. Lo común es operar mediante una lógica de “comparaciones limitadas sucesivas”, donde los valores, medios y fines se entrelazan confusamente, y donde la espontaneidad reemplaza a la planificación estratégica. Esta lógica —aunque muchas veces inevitable— debiera ser reconocida con honestidad institucional, no disimulada como virtud democrática.

En contextos de alta complejidad, como lo mostró también Herbert A. Simon, los límites cognitivos y estructurales de las instituciones públicas reducen sus márgenes de decisión racional. En lugar de buscar soluciones óptimas, se satisface con alternativas “suficientemente buenas”, según la teoría de la racionalidad limitada. La reforma judicial, en vez de asumir esa limitación para diseñar un proceso gradual y consensuado, optó por una aceleración sin precedentes que terminó por vulnerar su legitimidad institucional.
Así, como en una obra de teatro, al comenzar el último acto —las campañas políticas judiciales—, relatemos esta historia: de la ciencia de salir del paso a la ciencia de la improvisación.

Primer acto: La ilusión, “la elección judicial va”

Cuando se publicó la reforma constitucional, el segundo artículo transitorio estableció que el proceso electoral extraordinario para la elección de personas juzgadoras debía iniciar al día siguiente. Así, de un día a otro —el 16 de septiembre del año pasado— muchos, sin saberlo, amanecimos inmersos en un proceso electoral que realizaría elecciones en tan solo nueve meses.

Sonaba fácil solo en el imaginario colectivo de una sociedad ilusionada con participar en el sistema de justicia, aunque no tuviera idea de cuántos cargos se elegirían. Pero era una ilusión desconectada de la realidad institucional: una judicatura federal robusta, con un proceso de selección complejo y especializado, no podía adaptarse a tal improvisación.

Despertamos con un poder reformador que nos echó —literalmente— el tiempo encima: sin reglas previas, sin capacidad de reacción, sin presupuesto, sin saber qué ni cómo. Es decir, sin planeación. Aquí, como advertían March y Olsen en su teoría del “nuevo institucionalismo”, las decisiones públicas no solo reflejan cálculos racionales, sino rutinas heredadas, símbolos y expectativas difusas sobre el comportamiento institucional. Esta reforma, más que institucionalizar, desinstitucionalizó el proceso.

Entonces había un objetivo claro: llevar a cabo el proceso electoral extraordinario a como diera lugar. Un poder reformador que, en su régimen transitorio, puso en jaque a diversas autoridades del Estado: al Poder Judicial, por los procesos de impugnación (amparos, juicios ciudadanos, acciones de inconstitucionalidad, entre otros) sin tiempo real para su resolución; al INE, obligado a organizar una elección inédita en magnitud y complejidad; y a los estados, que buscaron implementar procesos locales paralelos.

Pero también se puso en jaque a las personas. Quienes deseaban participar lo hicieron sin reglas claras sobre sus candidaturas. Y la ciudadanía —a quien supuestamente iba dirigida esta reforma— recibió un proceso inédito sin el mínimo de certeza o pedagogía institucional para ejercer su derecho al voto con claridad.

Segundo acto: La ciencia de salir del paso, “la elección judicial va”

Ya con el proceso electoral en curso, y aunque parezca ilógico, las normas para su implementación seguían apareciendo sobre la marcha. Apenas el 15 de octubre de 2024 —casi un mes después de la entrada en vigor del decreto constitucional— se publicaron las reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y a la Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Fue un día antes del vencimiento del plazo legal para que el Senado emitiera la convocatoria general, y a menos de quince días para que los tres poderes integraran sus Comités de Evaluación.

Se emitieron las convocatorias, se abrió el registro, y las personas aspirantes debían estar publicadas a más tardar el 15 de diciembre. Todo esto ocurrió sin que existiera claridad sobre las vías de impugnación. La reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que define competencias clave, se publicó hasta el 20 de diciembre. La Ley de Carrera Judicial, hasta el 2 de enero siguiente. Por eso no sorprendió que muchos recursos fueran tramitados en la Corte y terminaran resueltos por el Tribunal Electoral, y viceversa.

En este caos normativo, el INE tuvo que “salir del paso”. Tomó decisiones sobre la marcha, amparado en experiencias previas, aunque se tratara de un proceso sin precedentes. Diseñó un formato de boleta —no previsto en la Constitución— que se tuvo listo hasta finales de enero. Con una cantidad inédita de candidaturas, la votación terminó pareciéndose a un Melate: seleccionar números en recuadros, con una codificación que identifica al poder que postuló. El resultado: campañas que apelan a “números de boleta” o a etiquetas de procedencia (PE, PL, PJ), en lugar de perfiles o propuestas.

En el desarrollo del proceso electoral se tuvieron que resolver impugnaciones, constitucionalmente habilitadas, como las acciones de inconstitucionalidad resueltas el 4 de febrero por la Corte en contra de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Sí, ya con el proceso en curso, y a menos de dos meses del inicio de las campañas, aún no estaba calificada la validez de condiciones importantes como la posibilidad de que las personas candidatas puedan erogar recursos de su propio peculio como gastos personales, viáticos y traslados dentro del periodo electoral.

Mientras tanto, los Comités de Evaluación aceleraban su tarea. Tenían como fecha límite el 7 de febrero para enviar sus listas al Senado, después de aplicar mecanismos de insaculación establecidos en la Constitución. Ante la magnitud del registro, el Comité Ejecutivo realizó entrevistas de seis minutos por persona. ¿Se puede evaluar la idoneidad judicial en seis minutos? Al menos bajo un mínimo estándar de evaluación pública, la respuesta es no. El Comité Legislativo cometió errores evidentes, y el Comité Judicial quedó paralizado por órdenes de suspensión emitidas por jueces de amparo.

Todo este escenario encarna lo que Lindblom llamaba la toma de decisiones incrementalista: en lugar de hacer un diagnóstico amplio y planear, se reacciona ante lo urgente, se adapta lo que se tiene, se sobrevive. Pero esta forma de operar, que en algunos contextos puede ser razonable, en un proceso que busca democratizar la justicia, erosiona la confianza pública.

Desde la teoría institucional, como advierten Guy Peters y B. Guy, las instituciones se sostienen tanto por sus normas como por la percepción de estabilidad que generan. Cuando los mecanismos de selección judicial se improvisan, cuando se adaptan por necesidad, se deteriora la legitimidad que da sentido al mandato constitucional. La ciudadanía lo percibe y erosiona su participación en el proceso: no elige entre opciones claras, sino entre fragmentos mal ensamblados de un sistema que no termina de explicar cómo ni por qué está decidiendo así.

Tercer acto: La Ciencia de la Improvisación, “la elección judicial va”

En este camino, ya de por sí apresurado se transitó de la ciencia de salir del paso a la ciencia de la improvisación. El poder judicial se confrontó entre las decisiones de jueces de amparo y las del Tribunal Electoral complicando la estabilidad institucional desde dentro. El Tribunal Electoral se arrogó competencias que no le eran propias como restar validez a la fuerza constitucional de decisiones tomadas por jueces de amparo.

En el proceso, el tribunal electoral inventó mecanismos de cumplimiento y fue más allá, ordenando consecuencias fuera de lo que marca la Constitución, como permitir que personas que no tenían ningún tipo de mérito ni calificativa de idoneidad fueran azarosamente insaculadas por el Senado y enviadas en vano a la boleta en nombre “del poder judicial”. Este acto, además de inconstitucional, resultó innecesario: la Constitución prevé expresamente la posibilidad de que un poder no postule candidaturas. La simulación sustituyó al deber de legalidad.

En esta confrontación la Corte intervino el trece de febrero siguiente. Determinó que la Sala Superior no tenía facultad constitucional alguna para desconocer la eficacia de determinaciones dictadas en amparo y concluyó que las sentencias del Tribunal Electoral no se trataban de decisiones judiciales, sino de meras opiniones. Aun así, el INE decidió que una opinión era suficiente para conservar en la boleta—junto a las diversas candidaturas de los Comités de evaluación de los poderes ejecutivo y legislativo— las espurias candidaturas del “poder judicial- PJ” y ordenar su impresión. La legalidad fue sustituida por la conveniencia operativa.

Mientras esto ocurría, el INE enfrentaba una avalancha de decisiones de última hora. Tuvo que definir qué constituía o no un acto anticipado de campaña, establecer criterios para las sanciones y, sobre todo, rediseñar la operación del proceso electoral. Con más de 800 cargos en juego, se determinó que no habría voto desde el extranjero, que se abrirían 84 mil casillas en lugar de las 172 mil habituales, que el conteo no sería ciudadano, sino institucional, en oficinas del INE. Y que no habría capacitación para las personas que contarían los votos. La logística electoral colapsó antes de comenzar.

Con el inicio de las campañas electorales en puerta a menos de 15 días hubo que decidir varias cosas. Uno de los temas más álgidos consistió en definir el monto de gastos de campaña que en un inicio el INE fijó por igual con independencia del cargo. Determinación que fue revocada por el Tribunal Electoral para ordenar al INE fijar otros, que tampoco se explican del todo. Por ejemplo, el porqué de la diferencia entre el monto para una candidatura a magistratura y una persona juzgadora de distrito, cuando ambas tienen jurisdicción sobre el mismo circuito judicial (territorio) de que se trata.

Como último acto “sorpresa” de la ciencia de la improvisación, el INE encontró que el número de candidaturas, literalmente, no le cabía en la boleta para la elección de personas candidatas para magistraturas y jueces de distrito por circuito judicial (territorio), y entonces mediante una tómbola electrónica (que nadie tuvo claro) rifó los espacios mediante la división territorial por “distritos”. Este último acto es la corona de la improvisación, porque corrompió por completo la esencia misma de la Constitución vigente: no es cierto que las personas van a votar por sus jueces y magistrados. Sino solo por unos cuantos, aun cuando haya otros muchos que tomarán decisiones sobre su patrimonio y sus bienes. Y que, además, desconoce por completo que dentro de un mismo territorio existen tantas realidades que la división por distritos no es una representación proporcional de las necesidades de justicia en el circuito judicial que corresponda.

Desde la teoría institucional, esto representa un quiebre profundo. Como señala Douglass North, las instituciones no son solo reglas formales, sino estructuras que dan previsibilidad a las interacciones humanas. Cuando esas reglas se vulneran y la incertidumbre reina, la ciudadanía pierde confianza en la arquitectura del Estado.

La ciencia de salir del paso se convirtió en ciencia de la improvisación. Pero con una diferencia crucial: mientras la primera intenta sobrevivir, la segunda actúa sin mapa, sin memoria y sin mirada institucional.

Último acto: El precio de improvisar la justicia

En escenarios marcados por la incertidumbre, como advierte Daniel Munro en Cults, Conspiracies and Fantasies of Knowledge, la falta de claridad institucional y el debilitamiento de las estructuras de autoridad pueden abrir paso a lo que él describe como “ilusiones de conocimiento”: creencias que, aunque carecen de fundamento epistémico sólido, ofrecen una sensación de comprensión y control. En este caso, el discurso del voto como mecanismo suficiente de transformación judicial se convirtió en una de esas ilusiones. Permitió a muchos aferrarse a la idea reconfortante de que participar bastaba, aunque el diseño institucional fuera profundamente deficiente. Pero los sistemas democráticos no se sostienen con consuelos simbólicos, sino con diseño, legalidad y responsabilidad institucional.

Como recordaba Nietzsche en su crítica a la verdad, muchas veces vivimos aferrados a construcciones metafóricas que, por repetirse, olvidamos que son solo eso: metáforas. La frase “votar a tus jueces” se nos ha presentado como una verdad democrática innegable, cuando en realidad, al revisarla con detalle, revela sus grietas, sus ficciones y sus silencios. En su texto Sobre verdad y mentira en sentido extramoral, Nietzsche nos advierte sobre ese tipo de ilusiones: aquellas que, repetidas sin crítica, se convierten en dogma. Y todo dogma, en política o en justicia, es un riesgo para la libertad.

En el recuento final, quedaron a la vista todos los vacíos. Candidaturas ilegítimas de supuestas listas del Poder Judicial de la Federación —que se identifican como “PJF”, cuando en realidad el Poder Judicial no postuló a nadie— llegaron a la boleta por una decisión política, no constitucional. Nadie debería avalar esas postulaciones. Porque, sin importar los perfiles, el origen espurio rompe el pacto institucional. Qué va a pasar cuando estas personas, sin legitimación alguna, porque su candidatura fue producto de un proceso viciado y de una opinión del Tribunal Electoral, emitan sentencias.

También quedaron personas candidatas atrapadas entre reglas inciertas, topes de campaña inalcanzables y una territorialidad electoral desconectada de la jurisdicción real que aspiraban a ejercer. Fueron empujadas a la arena pública sin preparación, sin formación electoral, sin respaldo técnico ni financiamiento definido. Improvisaron porque así fue todo el diseño.

Un proceso en el que no hubo tiempo para capacitar ciudadanos que pudieran contar los votos en las casillas ni ofrecer resultados de salida en el proceso de elección. Y lo más lamentable, una ciudadanía que, al final, no va a votar a sus jueces, o por lo menos no a todos. Solo a algunos en el distrito donde viven, aun cuando otros, por los que votaron “otras personas”, sí vayan a resolver asuntos sobre sus bienes, patrimonio y familia.

Todo podría parecer reparable si no estuviéramos hablando de una elección judicial, cuyo núcleo debería ser la certeza, la legalidad y la confianza. Pero en lugar de eso, improvisamos el diseño, los plazos, las reglas, las candidaturas y hasta las boletas.

La ciencia de salir del paso salió cara. Porque pasamos —sin transición— de la ciencia de salir del paso… a la ciencia de la improvisación.

Epílogo: la decisión de votar

La descomposición institucional duele más cuando se es consciente de lo que pudo ser y no fue. Porque sí, el Estado trasladó su deber de diseño institucional a una ciudadanía que solo puede elegir entre lo que le fue impuesto. Pero incluso en medio de la incertidumbre, la decisión de votar sigue siendo un gesto potente. Aunque el proceso haya sido imperfecto, aunque muchas candidaturas hayan nacido de la improvisación o la simulación, todavía quedan personas con trayectoria, compromiso y sentido de justicia, a algunas tengo el honor de conocer. Solo queda en la decisión personal acudir o no a las urnas, y si eso es así, elegir con conciencia a quienes sí representan lo mejor de la judicatura, porque eso también es una forma de construir. Un acto ético, personal y colectivo. Nadie nos podrá quitar eso. Quizá esta vez no salimos del paso… pero aún podemos elegir no improvisar lo que sigue.

La ciencia de salir del paso

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